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Subsidio por casamiento

¡Recibí un subsidio para soportar los gastos de tu casamiento!

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Atento la necesidad de asistir a los asociados frente a los diferentes gastos que debe afrontar por su casamiento, la Asociación Mutual establece mediante el presente reglamento el Subsidio por Casamiento que se abonara al asociado consistente en el pago de dinero equivalente a 10 (diez) cuotas sociales al momento de la celebración, siempre que la disponibilidad económica de la Asociación Mutual así lo permita, debiendo, en el caso de haberse dispuesto la reducción del mencionado monto, hallarse los asociados debidamente notificados del monto dispuesto, pudiendo luego el mismo actualizarse e incluso podrá ser incrementado ad referéndum de la próxima Asamblea.

El presente subsidio será brindado para los socios activos y adherentes de la Asociación Mutual, en tanto cuente con una antigüedad mínima de 1 (un) año como asociado y se encuentre al día con la tesorería en todas sus obligaciones y solo podrá ser percibido en una sola ocasión con motivo de dicha ceremonia.

Para la obtención de este subsidio el asociado deberá presentar el correspondiente certificado de enlace civil. Este servicio será independiente de la percepción de cualquier otro subsidio que abone la Asociación Mutual.

Pasados los tres (3) meses de celebrado el enlace civil, el subsidio perderá su vigencia, no pudiendo efectuarse reclamo de ninguna naturaleza en fecha posterior. Dicho plazo no será considerado, siempre y cuando la demora se deba a la Institución que emite el correspondiente certificado.

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